lunes, 14 de febrero de 2011

DAOT 2010

Se acerca la DAOT 2010


Declaración facilita cruce de información para detectar evasión fiscal


Inconsistencias en la data podrían originar eventuales fiscalizaciones


Desde el próximo lunes 21 inicia el cronograma de vencimiento para la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al Ejercicio 2010, de conformidad con la RS Nº 016-2011/SUNAT.



Fecha:14/02/2011
La DAOT es una herramienta importante de fiscalización para la administración tributaria, dado el cruce informativo que permite realizar. Por ello, resulta relevante que los contribuyentes cumplan adecuadamente con entregar dicha información, ya que errores de data de un comprador o vendedor pueden determinar que la contraparte (que informa "en espejo") determine declaraciones que podrían ser cuestionadas por la Sunat.
Al respecto, el tributarista Francisco Pantigoso remarcó que las diferencias pueden ser por motivos de "retiros" gravados, pero no tomados como crédito fiscal por el receptor de un obsequio. 
"Esta forma de cruce de operaciones sujetas al IGV tiene necesarios efectos directos en la determinación del IR y para detectar posibles incrementos patrimoniales no justificados, pues determinan un nivel de ingresos que puede no estar acorde con lo declarado para el IR 2010, lo cual podría originar que la empresa persona jurídica y/o persona natural con negocio sea sometida a una eventual verificación o fiscalización", advirtió el experto.
Importa indicar que en la DAOT se deben incluir Operaciones de Terceros, en calidad de proveedor o cliente, a la suma de los montos de las transacciones que sean mayores a dos UIT.
Sin perjuicio a ello, existen transacciones que no deben considerarse para el cálculo de las operaciones con erceros, los cuales son los siguientes: la exportación de bienes y servicios; el uso en el país de servicios prestados por no domiciliados; y, la importación de bienes.
También las operaciones consideradas como retiros de bienes; aquellas por las que, conforme al reglamento de comprobantes de pago, no exista la obligación de consignar el número de RUC o de DNI del adquirente o usuario, salvo que los comprobantes de pago contengan dicha información (caso boletas de venta); y, las realizadas en los periodos durante los cuales el Declarante hubiera pertenecido al RUS.

Formatos y trámites
Para efectuar la DAOT 2010, así como para declarar ejercicios anteriores a 2010 (por estar omisos) y/o realizar sus rectificatorias, se utilizará el PDT Operaciones con Terceros Formulario Virtual Nº 3500 - versión 3.3.
¿De qué forma?, pues mediante Sunat Virtual, para contribuyentes que tengan hasta 500 Operaciones con Terceros por informar en el Ejercicio 2010. En este caso, excepcionalmente, de presentarse situaciones de caso fortuito o fuerza mayor que inhabiliten temporalmente Sunat virtual u operaciones en línea e impidan a los obligados presentar su declaración, podrá efectuarse la declaración en las dependencias de la Sunat o en los centros de servicios al contribuyente, según corresponda.
Luego, en las oficinas de la Sunat, para contribuyentes que tengan más de 500 Operaciones con Terceros por informar en el Ejercicio 2010. 

Los obligados
 Los sujetos obligados a presentar la DAOT son: los principales contribuyentes al 31.12.2010; y, los que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el Ejercicio 2010, siempre que el monto de sus ventas internas y/o sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción hayan sido superiores a S/. 270,000.
 También las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen sólo operaciones inafectas del IGV en el ejercicio, cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el "PDT Planilla Electrónica, formulario Virtual Nº 601", sea superior a diez.
Si los sujetos antes citados, estando obligados, no tuvieran alguna Operación con Tercero a declarar, en sustitución de la Declaración deberán presentar el formato denominado "Constancia de no tener información a declarar".
Los sujetos que pertenecieron al RUS durante el íntegro del ejercicio 2010 se encuentran exceptuados de presentar dichas declaraciones.

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